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Nueva legislación sobre responsabilidad verde
Nueva legislación sobre responsabilidad verde
Martes 11 de Mayo de 2010 12:15
La Unión Europea ratificó la directiva sobre responsabilidad medioambiental (2005/33/FC), que tendrá que ser incorporada a la normativa de cada uno de los veintisiete países miembros.
En el caso de España, afectará a más de 30.000 empresas de transporte de mercancías peligrosas, a 5.000 instalaciones industriales, a casi un millón de explotaciones ganaderas y agrícolas, a más de mil presas y balsas mineras. En definitiva, afectará a todas aquellas empresas que por su actividad industrial pueden generar daños al medio ambiente.
La legislación europea señala que todas las empresas que causen algún daño ambiental tendrán que pagar, a veces incluso aunque no haya cometido una infracción, no sólo la limpieza de lo contaminado, sino también la reparación de los daños, la restauración para volver a la situación original y el posterior seguimiento. En el caso de daños graves que no pudieran ser reparados en el lugar en el que se han producido, la empresa responsable está obligada a reparar y mejorar la situación medioambiental en otro lugar.
Teniendo en cuenta las consecuencias que pueden afectar a las empresas, deben ser conscientes
En este sentido, la directiva ha instaurado dos tipos de responsabilidades: la primera se dirige a empresas dedicadas a actividades de riesgo, o riesgo potencial, como: las que gestionan residuos, las que vierten al agua o emiten al aire sustancias contaminantes, las que producen, almacenan y liberan sustancias químicas peligrosas, y las transportan, utilizan o liberan organismos modificados. Para estas compañías la ley es muy estricta.
Hayan o no cometido una infracción, si se comprueba que han sido la fuente de contaminación, se consideran responsables, excepto en los casos de fuerza mayor (tormentas o conflicto armado, por ejemplo).
La segunda, se refiere a todas las demás actividades empresariales o profesionales. Se considerará responsables a aquellos que causen daños a especies o hábitats naturales protegidos por la Unión Europea mediante las Directivas de 1992 sobre Hábitats y Aves
En conclusión, teniendo en cuenta las graves consecuencias que pueden afectar a las empresas, también desde el punto de vista de la marca, es indispensable que todas sean conscientes de: cómo se aplica la Directiva en aquellos países y zonas en los que operan; desarrollen buenas relaciones con las autoridades y organismos reguladores, y conozcan la situación en cuanto a la calidad del suelo, el agua, las especies protegidas y los inventarios de hábitats; implanten las mejores prácticas y lleven a cabo auditorías medioambientales, para asegurar que se está cumpliendo la normativa; instauren un sistema de gestión medioambiental como el de la ISO 14001 y comuniquen hacia el exterior.
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